Ruido En El Trabajo
Sonido
Es toda vibración acústica que se transmite a través de un medio elástico (aire) por medio de un movimiento ondulatorio y es capaz de producir una sensación audible.
Ruido
Es todo sonido molesto o indeseable que interfiere o impide toda actividad humana.
Parametros del ruido
- Intensidad: Es el grado de energía o potencia que tiene sonido
- Frecuencia: Numero de vibraciones que tienen lugar en un segundo
MARCO LEGAL
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EN
TODO ESTABLECIMIENTO NINGÚN TRABAJADOR ESTARÁ EXPUESTO A UNA DOSIS DEL NIVEL
SONORO CONTINUO EQUIVALENTE MAYOR A LA ESTABLECIDA. EN EL ANEXO V DEL DECRETO REGLAMENTARIO° 351/ 1979.
Estos
son valores dispuestos por: RESOLUCIÓN 295/03 del Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social en su Anexo V SUSTITUYE AL ANEXO V del Decreto Nº 351/79
1) Niveles Inferiores a los 80 db(A)
de NS-CE:
CONTROLAR
QUE EL NIVEL MEDIDO SE MANTENGA
2) Si los NS-CE son entre a los 80 db
(A), y no exceden en los 85 db(A):
Se deben realizar EXÁMENES MÉDICOS PERIÓDICOS AUDIÓMETROS
3) Si los
valores obtenidos son mayores a los 85 db (A):
ES
EXIGIBLE IMPLEMENTAR EL USO OBLIGATORIO DE PROTECTORES AUDITIVOS
Dentro del marco legal, podemos agregar algunos artículos que se aplicaran en algunas instalaciones de nuestra provincia ( Mendoza ).
Dentro del marco legal, podemos agregar algunos artículos que se aplicaran en algunas instalaciones de nuestra provincia ( Mendoza ).
- Articulo 89: En aquellos ambientes de trabajo sometidos a niveles sonoros por encima de la dosis máxima permisible y que por razones indebidamente fundadas ante la autoridad competente hagan impracticable lo establecido en el articulo 87, incisos 1° y 2°, se dispondrá la reducción de los tiempos de exposición de acuerdo a lo especificado en el Anexo V.
- Articulo 92: Todo trabajador expuesto a una dosis superior a 85 db(A) de nivel sonoro continuo equivalente, deberá ser sometido a los exámenes audio métricos prescritos en el Capítulo 3 de la presente reglamentación. Cuando se detecte un aumento persistente del umbral auditivo, los afectados deberán utilizar en forma interrumpida protectores auditivos. En el caso de continuar dicho aumento, deberá ser transferido a otras tareas no ruidosas.
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
"Artículo 1° — Determínese que los elementos de protección personal suministrados por los
empleadores a los trabajadores deberán contar, en los casos que la posea, con la
certificación emitida por aquellos Organismos que hayan sido reconocidos para la emisión de
certificaciones de producto, por marca de conformidad o lote, según la resolución de la
entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA (S.I.C. y M.) N° 896 de fecha 6 de
diciembre de 1999."
Elementos de Protección Personal (E.P.P)
NS-CE ( Niveles Sonoros Continuos Equivalentes ) son menores a 80 dB se realiza controles en maquinas, equipos para que el nivel sonoro se mantenga. Si es superior a 80 dB pero no excede 85 dB se realizara exámenes médicos periódicos.
Mayor a 85 dB uso de epp.
Los protectores de los oídos, reducen el ruido obstaculizando su trayectoria desde la fuente hasta el canal auditivo.
Para protegernos de los ruidos y de sus efectos tenemos dos tipo de protectores auditivos.
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Mayor a 85 dB uso de epp.
Los protectores de los oídos, reducen el ruido obstaculizando su trayectoria desde la fuente hasta el canal auditivo.
Para protegernos de los ruidos y de sus efectos tenemos dos tipo de protectores auditivos.
- Tapones auditivos pre-moldeados. se utilizan donde el nivel sonoro no sobrepase los 110 dBA.
Como Monitorear el Ruido
Este riesgo se monitor-ea a través de la realización de mediciones de ruido en las diferentes fuentes sonoras y a través de un cálculo determinado, por local de trabajo, se verifica si los niveles hallados superan el máximo establecido, y de ser así sugerir las medidas correspondientes. Para ello se utiliza un decibelímetro integrador.
FISIOLOGÍA DEL OÍDO
Dentro del rango audible (20 – 20.000 Hz), las terminaciones nerviosas del oído de cada persona se ponen a vibrar para cada frecuencia determinada, y por eso las percibimos
Cuando estas se dañan por una sobre-exposición sonora, pierden su funcionalidad y el individuo es incapaz de percibir dichas frecuencias.
CLASIFICACIÓN DE RUIDOS
ESTABLE O CONTINUO: Cuando LpA permanezca cte (diferencia entre el máximo valor y mínimo inferior a 5 dB) (motor)
ALEATORIO O DISCONTINUO: Cuando dicha variación sea superior a 5 dB, y éste varíe aleatoria mente con el tiempo (cadena montaje)
IMPULSO O IMPACTO: Aquel que tiene una duración menor a un segundo, y su LpA decrece exponencialmente con el tiempo (yunque)
EFECTOS DEL RUIDO
- Aparato circulatorio: aumento presión arterial y ritmo cardíaco.
- Aparato respiratorio: alteraciones del ritmo respiratorio.
- Aparato digestivo: trastornos digestivos, ardores, dispepsias.
- Aparato muscular: aumento de la tensión muscular y la fatiga.
- Sistema nervioso: trastornos de memoria y atención.
- Aspectos psicológicos: agresividad, molestias, desagrado, fatiga auditiva, hipoacusia, sordera conversacional.
INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN DEL RUIDO
La medición del nivel sonoro, cuando este tiende a un comportamiento estable (ruido estable o continuo), se realiza mediante un aparato denominado SONÓ-METRO.
Cuando el nivel sonoro tiende constantemente a fluctuar (ruidos aleatorios o discontinuos), se usan Acumuladores de Energía Sonora: SONÓ-METROS ACUMULATIVOS ó DOSIMETROS. Integran tiempos y n. sonoros.
CONTROL
PREVENTIVO RUIDO
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